Desde este martes 1 de abril, el IVA debe figurar claramente en los tickets y facturas emitidas a consumidores finales, conforme al Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor. La normativa ya está en plena vigencia y en los próximos días se irá evaluando el cumplimiento por parte de los comercios y prestadores de servicios. Aquellos que no acaten la disposición podrán recibir sanciones de clausura de entre 2 y 6 días, según lo establecido por la Administración de Recursos de Control Argentino (ARCA, ex AFIP).
Este régimen alcanza a todos los responsables inscriptos en el IVA que emiten facturas a consumidores finales, como profesionales y empresas. La normativa exige que en cada comprobante se detalle expresamente el monto correspondiente al IVA incluido en el precio final, además de otros impuestos nacionales indirectos, en caso de corresponder. Para las grandes empresas, la obligación se amplía a la discriminación de impuestos internos específicos que impacten en los productos.
Si bien esta disposición no abarca a los monotributistas, sí se extiende a todos los sistemas de facturación habilitados, ya sea a través de facturación electrónica o mediante controladores fiscales de nueva tecnología. La normativa fue implementada de manera gradual desde enero de 2025, permitiendo que los sistemas de facturación en línea de ARCA incorporaran automáticamente la discriminación del IVA en las facturas electrónicas. A partir del 1 de abril, la obligatoriedad se generaliza para el resto de los contribuyentes con otros sistemas de emisión.
El consumidor final no necesita realizar ninguna gestión para acceder a esta información: en los tickets y facturas ahora deberá figurar la leyenda «Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743», junto con el desglose de los impuestos aplicados. En los próximos días, ARCA comenzará a controlar la correcta implementación del régimen y podrá aplicar sanciones a quienes incumplan con la normativa.