Archivos sobre temas judiciales hay miles. Pero lo referido a la imputabilidad de menores siempre refleja una polémica interminable que siempre ronda alrededor de la deducción de la capacidad de comprensión eventual que el menor haya alcanzado a la hora de cometer un delito. Roberto C. Neira comenzó este análisis en 2002, cuando la sociedad se veía quebrar tras la crisis que desembocó en la salida del gobierno de la Alianza
Como debe ser un sistema penal juvenil
Por Roberto C Neira. (original de Ensamble 19, del grupo de medios de Diario 5)
Ante el debate sobre la baja de la edad imputable suscitado por el plan de seguridad que presentó el gobierno de Eduardo Duhalde en su oportunidad, UNICEF recomienda la organización de una justicia especializada, flexible y diversa para juzgar a las personas menores de 18 años.
Para aclarar un poco el debate en torno a la baja de edad de imputabilidad y al sistema de responsabilidad penal juvenil, UNICEF argentina difundió su posición, basada en la Convención sobre los Derechos del Niño y las Reglas de Beijing para la Administración de Justicia de Menores que recomiendan la organización de una justicia especializada, flexible y diversa, para juzgar a las personas menores de 18 años:
¿Qué es la justicia penal adolescente?
La justicia penal adolescente es un sistema de administración de justicia que extiende los derechos y garantías del debido proceso a los adolescentes a quienes se acuse de haber participado en la comisión de una infracción a la ley penal. Ahora bien, lo que verdaderamente caracteriza al derecho penal de adolescentes es la finalidad educativa y sancionadora de la pena, lo que, en primer lugar, permite la reparación del daño causado en cualquier fase del procedimiento y consecuentemente el archivo de la causa y, en segundo, aconseja la menor restricción de derechos posible a la hora de imponer la sanción, siendo la privación de libertad el último recurso y sólo para infracciones muy graves.
¿Por qué los adolescentes deben tener derecho a una justicia especializada?
La Convención sobre los Derechos del Niño y las Reglas de Beijing para la Administración de Justicia de Menores recomiendan la organización de una justicia especializada, flexible y diversa, para juzgar a las personas menores de 18 años. Su razón de ser está en el reconocimiento de la adolescencia como la etapa de la vida en la que las personas se encuentran en plena evolución intelectual, emocional y moral, sin haber culminado el proceso de formación para la vida adulta, lo que facilita, si se intervine a tiempo, la recuperación del sujeto infractor en una proporción superior a la de los delincuentes mayores de edad. La psicología evolutiva entiende que el adolescente infractor es una persona en desarrollo que no ha tenido tiempo para interiorizar las normas que rigen la sociedad en que vive. Esto no significa que sea incapaz de discernir y que, por tanto, resulte irresponsable, sino que, por las razones anteriormente expuestas, la reacción social frente a sus actos delictivos no debe ser de castigo sin más, debiéndose procurar su integración social y evitar en todo momento que sea privado de su derecho fundamental a la educación.¿Cuál es la finalidad de la justicia penal adolescente?
Podemos enumerar al menos cuatro finalidades por orden de importancia:
1) Administrar justicia de forma democrática.
2) Fomentar la responsabilización del adolescente que ha cometido una infracción penal.
3) Promover su integración social.
4) Favorecer la participación de la comunidad en el proceso de reinserción social, mediante la oferta de servicios y programas para el cumplimiento de medidas socio-educativas.
¿Por qué se fija una edad mínima de responsabilidad penal adolescente?
Aunque las Reglas de Beijing dejan libertad a los Estados a la hora de fijar las edades mínimas y máxima de responsabilidad penal, la franja de edad a partir de la cual se considera al adolescente responsable oscila en el derecho comparado entre los 12 y los 14 años al entender que es a partir de esa edad cuando comienza a cristalizarse la adquisición de responsabilidad y la capacidad de raciocinio, y se extiende hasta los 17 años. Por debajo de esas edades los niños que cometen infracciones quedan sujetos al control de su familia o de las instituciones civiles de protección, mientras que las personas mayores de 18 años pasan a ser juzgadas y sentenciadas de conformidad con los Códigos Penales.La imputabilidad atribuida a los adolescentes debe corresponder a la capacidad de autonomía y al ejercicio de derechos que se les reconoce en la sociedad. Así, por ejemplo, el establecimiento de una edad para votar o ser electo(a) para cargos de representación popular, para obtener una licencia de conducir, o para la compra de bebidas alcohólicas, etc. son expresiones del reconocimiento social acerca de cuándo una persona está lo suficientemente madura para tomar decisiones con plena responsabilidad, lo que ocurre por lo general a partir de los 18 años.
¿Cuál es el mandato de la justicia penal adolescente?
El mandato de la justicia penal adolescente es contribuir a que los adolescentes se responsabilicen de sus actos, asegurando siempre su bienestar. Para conseguir estos fines el juez tiene que tener en cuenta a la hora de imponer la sanción no sólo infracción cometida, sino toda una serie de factores psicológicos, familiares y sociales en base a los que se determinarán las medidas que mejor incidan en su educación, procurando causarle la menor aflicción y restricción de derechos. La justicia penal adolescente tiene que articularse de forma que éste pueda comprender las consecuencias que su conducta ha tenido sobre las víctimas, directas o indirectas, ya que sólo así podrá incidirse en la asunción de su responsabilidad y en la promoción de cambios de conducta.
¿Qué diferencia existe entre el sistema de justicia penal para adultos y la justicia penal adolescente?
La diferencia radica en que en la justicia penal adolescente prima por encima de todo la educación y la reinserción social del infractor, lo que obliga a establecer procesos rápidos y ágiles y a disponer de un amplio abanico de medidas socio-educativas que permitan cumplir con esa finalidad. La justicia penal adolescente establece una serie de restricciones, incluyendo la prohibición de pena de muerte y el encarcelamiento de por vida. La detención y encarcelamiento de un adolescente debe ser utilizada como el último recurso para delitos graves, y siempre por el menor tiempo posible.
Otras de las singularidades frente al proceso penal de adultos, son la posibilidad de no iniciar el procesamiento, suspenderlo o resolverlo anticipadamente si se estima que puede causar al menor de edad un perjuicio mayor que el que él causó; la posibilidad de participar en un programa de mediación para reparar el daño o conciliarse con la víctima; la exclusión de la publicidad de juicio oral; la confidencialidad respecto a la identidad del adolescente; la intervención de los padres o sus representantes; la inclusión de estudios psico-sociales que orienten al Juez a la hora de determinar la medida a imponer dentro del marco de la legalidad, o la corta duración e improrrogabilidad de la prisión.
¿Qué tipo de garantías establece la justicia penal adolescente?
Las mismas que existen para las personas mayores de 18 años dentro de los sistemas penales acusatorios e incluyen: la prueba legal de los hechos; atribución y notificación de los cargos; conocimiento del asunto por un órgano jurisdiccional competente, independiente e imparcial; asistencia jurídica durante el proceso; resolución y fallo de la causa sin demora y derecho a impugnar las resoluciones ante un tribunal superior
¿Qué significa la remisión de casos en la justicia penal juvenil?
La remisión es una práctica introducida en la regla no. 11 de las Reglas de Beijing y pretende evitar, en todos los casos que sea posible, los sistemas penales formales (cortes, etc.) cuando se trate de delitos menores o cuando se estime que la permanencia en el procedimiento puede causar al adolescente un daño mayor que el que él causó con el delito. La aplicación de esta práctica requiere el consentimiento del adolescente y de su representante legal, la adopción de la decisión por el juez o el fiscal, y nunca avala la creación de un sistema de resolución de conflictos como sustitutivo de la sede judicial. En este marco son de gran interés los procesos de mediación en favor de la conciliación y reparación del daño, tanto a la víctima individual como a la comunidad.
¿Qué tipo de sanciones sugiere la justicia penal adolescente?
El abanico de sanciones previsto es amplio y está especialmente concebido para promover la reinserción social. De allí que las medidas en libertad en el entorno social y comunitario al que pertenece el adolescente infractor ocupen el grueso de los posibles listados: la amonestación; la multa; la reparación del daño causado; la prestación de servicios a la comunidad; la libertad asistida; y la privación de libertad. La privación de libertad sólo debe ser impuesta en aquellos casos en donde el adolescente ha cometido infracciones graves como homicidio, violación, secuestro, lesiones graves, etc.
¿Por qué la reclusión en un centro de cumplimiento es una sanción de carácter excepcional?
La privación o reclusión en un centro de cumplimiento es una medida excepcional porque, de conformidad con numerosas investigaciones empíricas llevadas a cabo en la última década, el aislamiento de una persona que está en proceso de formación, lejos de promover cambios positivos de conducta, contribuye a su desarraigo y a su desocialización. Por otro lado, si se acepta que la pena debe ser proporcional al delito cometido y, tal y como lo demuestran los datos existentes en América Latina, la mayoría de los adolescentes cometen delitos menos graves, la reclusión en un centro de cumplimiento debería ser la sanción menos impuesta.
También en base a investigaciones empíricas, se estima que las medidas alternativas facilitan la rehabilitación y reinserción social de los adolescentes en un número muy elevado de casos. El hecho de que se cuente con su consentimiento y su participación en la elaboración del plan educativo y con la participación de los padres o representantes y de la comunidad a lo largo del cumplimiento permiten que el adolescente infractor reflexione sobre las consecuencias de sus acciones y reciba y se sienta estimulado ante el reconocimiento que la comunidad le brinda si cumple con el plan pactado.
*Colaboración del Estudio de Abogados (Santa Fe).