{"id":493,"date":"2013-12-05T09:39:38","date_gmt":"2013-12-05T12:39:38","guid":{"rendered":"http:\/\/diario5.com.ar\/?p=493"},"modified":"2014-08-13T04:05:53","modified_gmt":"2014-08-13T07:05:53","slug":"a-proposito-de-la-imputabilidad-a-los-menores","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.diario5.com.ar\/es\/a-proposito-de-la-imputabilidad-a-los-menores\/","title":{"rendered":"UNICEF y la imputabilidad de menores"},"content":{"rendered":"<h2 class=\"sub-title-primary\"><\/h2> <p><a href=\"https:\/\/www.diario5.com.ar\/wp-content\/uploads\/2012\/05\/entre_rejas.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"wp-image-6343 alignleft\" src=\"http:\/\/diario5.com.ar\/wp-content\/uploads\/2012\/05\/entre_rejas.jpg\" alt=\"entre_rejas\" width=\"448\" height=\"269\" srcset=\"https:\/\/www.diario5.com.ar\/wp-content\/uploads\/2012\/05\/entre_rejas.jpg 290w, https:\/\/www.diario5.com.ar\/wp-content\/uploads\/2012\/05\/entre_rejas-260x156.jpg 260w, https:\/\/www.diario5.com.ar\/wp-content\/uploads\/2012\/05\/entre_rejas-160x96.jpg 160w\" sizes=\"(max-width: 448px) 100vw, 448px\" \/><\/a>Archivos sobre temas judiciales hay miles. Pero lo referido a la imputabilidad de menores siempre refleja una pol\u00e9mica interminable que siempre ronda alrededor de la deducci\u00f3n de la capacidad de comprensi\u00f3n eventual que el menor haya alcanzado a la hora de cometer un delito. Roberto C. Neira comenz\u00f3 este an\u00e1lisis en 2002, cuando la sociedad se ve\u00eda quebrar tras la crisis que desemboc\u00f3 en la salida del gobierno de la Alianza<a href=\"https:\/\/www.diario5.com.ar\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/justicia1.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"wp-image-6349 alignright\" src=\"http:\/\/diario5.com.ar\/wp-content\/uploads\/2013\/12\/justicia1.jpg\" alt=\"justicia1\" width=\"212\" height=\"107\" \/><\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><span style=\"font-size: x-large;\">Como debe ser un sistema penal juvenil<\/span><br \/>\nPor Roberto C Neira. (original de Ensamble 19, del grupo de medios de Diario 5)<\/p>\n<p>Ante el debate sobre la baja de la edad imputable suscitado por el plan de seguridad que present\u00f3 el gobierno de Eduardo Duhalde en su oportunidad, UNICEF recomienda la organizaci\u00f3n de una justicia especializada, flexible y diversa para juzgar a las personas menores de 18 a\u00f1os.<\/p>\n<p>Para aclarar un poco el debate en torno a la baja de edad de imputabilidad y al sistema de responsabilidad penal juvenil, UNICEF argentina difundi\u00f3 su posici\u00f3n, basada en la Convenci\u00f3n sobre los Derechos del Ni\u00f1o y las Reglas de Beijing para la Administraci\u00f3n de Justicia de Menores que recomiendan la organizaci\u00f3n de una justicia especializada, flexible y diversa, para juzgar a las personas menores de 18 a\u00f1os:<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 es la justicia penal adolescente?<\/p>\n<p>La justicia penal adolescente es un sistema de administraci\u00f3n de justicia que extiende los derechos y garant\u00edas del debido proceso a los adolescentes a quienes se acuse de haber participado en la comisi\u00f3n de una infracci\u00f3n a la ley penal. Ahora bien, lo que verdaderamente caracteriza al derecho penal de adolescentes es la finalidad educativa y sancionadora de la pena, lo que, en primer lugar, permite la reparaci\u00f3n del da\u00f1o causado en cualquier fase del procedimiento y consecuentemente el archivo de la causa y, en segundo, aconseja la menor restricci\u00f3n de derechos posible a la hora de imponer la sanci\u00f3n, siendo la privaci\u00f3n de libertad el \u00faltimo recurso y s\u00f3lo para infracciones muy graves.<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 los adolescentes deben tener derecho a una justicia especializada?<\/p>\n<p>La Convenci\u00f3n sobre los Derechos del Ni\u00f1o y las Reglas de Beijing para la Administraci\u00f3n de Justicia de Menores recomiendan la organizaci\u00f3n de una justicia especializada, flexible y diversa, para juzgar a las personas menores de 18 a\u00f1os. Su raz\u00f3n de ser est\u00e1 en el reconocimiento de la adolescencia como la etapa de la vida en la que las personas se encuentran en plena evoluci\u00f3n intelectual, emocional y moral, sin haber culminado el proceso de formaci\u00f3n para la vida adulta, lo que facilita, si se intervine a tiempo, la recuperaci\u00f3n del sujeto infractor en una proporci\u00f3n superior a la de los delincuentes mayores de edad. La psicolog\u00eda evolutiva entiende que el adolescente infractor es una persona en desarrollo que no ha tenido tiempo para interiorizar las normas que rigen la sociedad en que vive. Esto no significa que sea incapaz de discernir y que, por tanto, resulte irresponsable, sino que, por las razones anteriormente expuestas, la reacci\u00f3n social frente a sus actos delictivos no debe ser de castigo sin m\u00e1s, debi\u00e9ndose procurar su integraci\u00f3n social y evitar en todo momento que sea privado de su derecho fundamental a la educaci\u00f3n.\u00bfCu\u00e1l es la finalidad de la justicia penal adolescente?<\/p>\n<p>Podemos enumerar al menos cuatro finalidades por orden de importancia:<\/p>\n<p>1) Administrar justicia de forma democr\u00e1tica.<\/p>\n<p>2) Fomentar la responsabilizaci\u00f3n del adolescente que ha cometido una infracci\u00f3n penal.<\/p>\n<p>3) Promover su integraci\u00f3n social.<\/p>\n<p>4) Favorecer la participaci\u00f3n de la comunidad en el proceso de reinserci\u00f3n social, mediante la oferta de servicios y programas para el cumplimiento de medidas socio-educativas.<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 se fija una edad m\u00ednima de responsabilidad penal adolescente?<\/p>\n<p>Aunque las Reglas de Beijing dejan libertad a los Estados a la hora de fijar las edades m\u00ednimas y m\u00e1xima de responsabilidad penal, la franja de edad a partir de la cual se considera al adolescente responsable oscila en el derecho comparado entre los 12 y los 14 a\u00f1os al entender que es a partir de esa edad cuando comienza a cristalizarse la adquisici\u00f3n de responsabilidad y la capacidad de raciocinio y se extiende hasta los 17 a\u00f1os. Por debajo de esas edades los ni\u00f1os que cometen infracciones quedan sujetos al control de su familia o de las instituciones civiles de protecci\u00f3n, mientras que las personas mayores de 18 a\u00f1os pasan a ser juzgadas y sentenciadas de conformidad con los C\u00f3digos Penales.La imputabilidad atribuida a los adolescentes debe corresponder a la capacidad de autonom\u00eda y al ejercicio de derechos que se les reconoce en la sociedad. As\u00ed, por ejemplo, el establecimiento de una edad para votar o ser electo(a) para cargos de representaci\u00f3n popular, para obtener una licencia de conducir, o para la compra de bebidas alcoh\u00f3licas, etc. son expresiones del reconocimiento social acerca de cu\u00e1ndo una persona est\u00e1 lo suficientemente madura para tomar decisiones con plena responsabilidad, lo que ocurre por lo general a partir de los 18 a\u00f1os.<\/p>\n<p>\u00bfCu\u00e1l es el mandato de la justicia penal adolescente?<\/p>\n<p>El mandato de la justicia penal adolescente es contribuir a que los adolescentes se responsabilicen de sus actos, asegurando siempre su bienestar. Para conseguir estos fines el juez tiene que tener en cuenta a la hora de imponer la sanci\u00f3n no s\u00f3lo  infracci\u00f3n cometida, sino toda una serie de factores psicol\u00f3gicos, familiares y sociales en base a los que se determinar\u00e1n las medidas que mejor incidan en su educaci\u00f3n, procurando causarle la menor aflicci\u00f3n y restricci\u00f3n de derechos. La justicia penal adolescente tiene que articularse de forma que \u00e9ste pueda comprender las consecuencias que su conducta ha tenido sobre las v\u00edctimas, directas o indirectas, ya que s\u00f3lo as\u00ed podr\u00e1 incidirse en la asunci\u00f3n de su responsabilidad y en la promoci\u00f3n de cambios de conducta.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 diferencia existe entre el sistema de justicia penal para adultos y la justicia penal adolescente?<\/p>\n<p>La diferencia radica en que en la justicia penal adolescente prima por encima de todo la educaci\u00f3n y la reinserci\u00f3n social del infractor, lo que obliga a establecer procesos r\u00e1pidos y \u00e1giles y a disponer de un amplio abanico de medidas socio-educativas que permitan cumplir con esa finalidad. La justicia penal adolescente establece una serie de restricciones, incluyendo la prohibici\u00f3n de pena de muerte y el encarcelamiento de por vida. La detenci\u00f3n y encarcelamiento de un adolescente debe ser utilizada como el \u00faltimo recurso para delitos graves y siempre por el menor tiempo posible.<\/p>\n<p>Otras de las singularidades frente al proceso penal de adultos, son la posibilidad de no iniciar el procesamiento, suspenderlo o resolverlo anticipadamente si se estima que puede causar al menor de edad un perjuicio mayor que el que \u00e9l caus\u00f3; la posibilidad de participar en un programa de mediaci\u00f3n para reparar el da\u00f1o o conciliarse con la v\u00edctima; la exclusi\u00f3n de la publicidad de juicio oral; la confidencialidad respecto a la identidad del adolescente; la intervenci\u00f3n de los padres o sus representantes; la inclusi\u00f3n de estudios psico-sociales que orienten al Juez a la hora de determinar la medida a imponer dentro del marco de la legalidad, o la corta duraci\u00f3n e improrrogabilidad de la prisi\u00f3n.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 tipo de garant\u00edas establece la justicia penal adolescente?<\/p>\n<p>Las mismas que existen para las personas mayores de 18 a\u00f1os dentro de los sistemas penales acusatorios e incluyen: la prueba legal de los hechos; atribuci\u00f3n y notificaci\u00f3n de los cargos; conocimiento del asunto por un \u00f3rgano jurisdiccional competente, independiente e imparcial; asistencia jur\u00eddica durante el proceso; resoluci\u00f3n y fallo de la causa sin demora y derecho a impugnar las resoluciones ante un tribunal superior<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 significa la remisi\u00f3n de casos en la justicia penal juvenil?<\/p>\n<p>La remisi\u00f3n es una pr\u00e1ctica introducida en la regla no. 11 de las Reglas de Beijing y pretende evitar, en todos los casos que sea posible, los sistemas penales formales (cortes, etc.) cuando se trate de delitos menores o cuando se estime que la permanencia en el procedimiento puede causar al adolescente un da\u00f1o mayor que el que \u00e9l caus\u00f3 con el delito. La aplicaci\u00f3n de esta pr\u00e1ctica requiere el consentimiento del adolescente y de su representante legal, la adopci\u00f3n de la decisi\u00f3n por el juez o el fiscal y nunca avala la creaci\u00f3n de un sistema de resoluci\u00f3n de conflictos como sustitutivo de la sede judicial. En este marco son de gran inter\u00e9s los procesos de mediaci\u00f3n en favor de la conciliaci\u00f3n y reparaci\u00f3n del da\u00f1o, tanto a la v\u00edctima individual como a la comunidad.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 tipo de sanciones sugiere la justicia penal adolescente?<\/p>\n<p>El abanico de sanciones previsto es amplio y est\u00e1 especialmente concebido para promover la reinserci\u00f3n social. De all\u00ed que las medidas en libertad en el entorno social y comunitario al que pertenece el adolescente infractor ocupen el grueso de los posibles listados: la amonestaci\u00f3n; la multa; la reparaci\u00f3n del da\u00f1o causado; la prestaci\u00f3n de servicios a la comunidad; la libertad asistida; y la privaci\u00f3n de libertad. La privaci\u00f3n de libertad s\u00f3lo debe ser impuesta en aquellos casos en donde el adolescente ha cometido infracciones graves como homicidio, violaci\u00f3n, secuestro, lesiones graves, etc.<\/p>\n<p>\u00bfPor qu\u00e9 la reclusi\u00f3n en un centro de cumplimiento es una sanci\u00f3n de car\u00e1cter excepcional?<\/p>\n<p>La privaci\u00f3n o reclusi\u00f3n en un centro de cumplimiento es una medida excepcional porque, de conformidad con numerosas investigaciones emp\u00edricas llevadas a cabo en la \u00faltima d\u00e9cada, el aislamiento de una persona que est\u00e1 en proceso de formaci\u00f3n, lejos de promover cambios positivos de conducta, contribuye a su desarraigo y a su desocializaci\u00f3n. Por otro lado, si se acepta que la pena debe ser proporcional al delito cometido y, tal y como lo demuestran los datos existentes en Am\u00e9rica Latina, la mayor\u00eda de los adolescentes cometen delitos menos graves, la reclusi\u00f3n en un centro de cumplimiento deber\u00eda ser la sanci\u00f3n menos impuesta.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n en base a investigaciones emp\u00edricas, se estima que las medidas alternativas facilitan la rehabilitaci\u00f3n y reinserci\u00f3n social de los adolescentes en un n\u00famero muy elevado de casos. El hecho de que se cuente con su consentimiento y su participaci\u00f3n en la elaboraci\u00f3n del plan educativo y con la participaci\u00f3n de los padres o representantes y de la comunidad a lo largo del cumplimiento permiten que el adolescente infractor reflexione sobre las consecuencias de sus acciones y reciba y se sienta estimulado ante el reconocimiento que la comunidad le brinda si cumple con el plan pactado.<\/p>\n<p>*Colaboraci\u00f3n del Estudio de Abogados (Santa Fe).<\/p>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Archivos sobre temas judiciales hay miles. Pero lo referido a la imputabilidad de menores siempre refleja una pol\u00e9mica interminable que siempre ronda alrededor de la deducci\u00f3n de la capacidad de comprensi\u00f3n eventual que el menor haya alcanzado a la hora de cometer un delito. Roberto C. 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